dc.description.abstract | El sector eléctrico en Colombia mide calidad del servicio en los sistemas de distribución local
SDL a través de los indicadores de duración y frecuencia (SAIDI y SAIFI ) de los eventos
sucedidos en el SDL donde cada operador de red es el responsable del cálculo y reporte de
estos indicadores al sistema único de información SUI, en cumplimiento a los descrito en la
resolución CREG 015 de 2018, donde, las mejoras o desmejoras se evalúan respecto a las
metas anuales establecidas regulatoriamente por la CREG en las resoluciones particulares que
aprueban los ingresos, y según el desempeño de los indicadores de calidad del servicio anual
los operador de red podrán aumentar o disminuir su ingreso al siguiente año de la evaluación,
según sea el caso.
Si bien la Resolución CREG 015 de 2018 fue publicada hace unos años y los diferentes
operadores de red debían cumplir con sus lineamientos a más tardar quince (15) meses
después de su promulgación, a cierre del año 2021, tres (3) de las empresas, como son.,
EMPRESA DE ENERGÍA DE BAJO PUTUMAYO EEBP S.A. ESP., EMPRESA MUNICIPAL DE
ENERGÍA ELECTRICA EMEESA, y EMPRESA DE ENERGÍA DEL VALLE DE SIBUNDOY
EMEVASI S.A. ESP. no cumplían con lo establecido en la resolución. | es |